Definitivamente, nuestro ordenamiento cuenta ya con una Ley de Cambio Climático. Una norma esperada y necesaria con objetivos que, como suele ser habitual, se han valorado como más o menos «ambiciosos» dependiendo de la óptica del análisis. Para unos, se queda corta y para otros, debería haber tenido un desarrollo más amplio. Es lo normal.
Sin embargo, consideramos que lo más importante, es contar con la Ley. Disponer de un marco jurídico ante una cuestión capital de presente y futuro como es el cambio climático. Como sabemos, la nueva norma tiene como referente al Acuerdo de París de 2015, y como gran objetivo la descarbonización de la economía española. Con ella, se transita hacia la sostenibilidad en el uso de los recursos y la adaptación permanente ante la evolución del propio cambio climático mientras se genera lo que llama empleo decente. Una idea inserta, además, en hacer más productivo el modelo laboral y adaptarlo a los nuevos retos socioeconómicos.
En grandes cifras, las emisiones de gases de efecto invernadero deben reducirse un 23% en 2030 (tomando como referencia el año 1990) y alcanzar la neutralidad climática en 2050. En los próximos nueve años, la penetración de las renovables en el consumo final debe llegar al 42%; el sistema eléctrico debe contar con, al menos, un 74% de gene- ración a partir de energías de origen renovable y una mejora de la eficiencia energética que reduzca el consumo de energía primaria en «al menos», un 39,5% con respecto a la línea de base conforme a la normativa comunitaria, y hay que recordar que, en 2023, se revisarán al alza estos objetivos.
Finalmente, y sin ánimo de ser exhaustivos, la ley establece a los Planes Nacionales Integrados de Energía y Clima y la Estrategia de Descarbonización a 2050 de la Economía Española como los instrumentos con los que llevar a cabo la hoja de ruta.
Es importante, como decíamos, contar con la Ley y el que se hayan establecido revisiones de sus objetivos, lo que permite su evaluación -algo funda- mental- así como resolver y mejorar los procesos. Y es importante contar con la Ley como uno de los pilares de transformación transversal de nuestro modelo productivo de forma tal que la productividad y competitividad de la economía sea una realidad y abra una nueva fuente en la creación de empleo.
En este marco, llega el informe de la Agencia Inter- nacional de la Energía abogando por las cero emisiones en 2050 y acelerando los procesos de descarbonización de las economías e incrementando la electrificación a través de las renovables. Una propuesta que, además del cambio estratégico que presupone desde el punto de vista del mensaje, contribuirá seguramente a facilitar los objetivos en marcha desde el punto de vista de las regulaciones de cada país.
En este sentido, la Agenda Verde europea es mucho más que un conjunto de intenciones. Es un arduo conjunto de retos y tareas a llevar a cabo de manera cada vez más rápida. Por ello y por nuestra parte, recibamos la Ley como un paso más frente al cambio climático y parte de esta gran estrategia global que debe hacerle frente. Con conceptos claros y palabras sencillas.